¿Cómo se manifiesta el maltrato a las personas mayores?
Hay diferentes clasificaciones sobre los tipos de maltrato. Diferenciar unos de otros permite, por un lado poner en marcha estrategias diferenciadas de intervención y, por otro, conocer los indicadores que nos permitan identificarlo. Diferentes tipos de malos tratos se pueden presentar de manera simultánea.
Físico: Uso de la fuerza física que ocasiona heridas, dolor o lesiones corporales: hematomas o contusiones, causadas por golpes, patadas, empujones, quemaduras, fracturas, ataduras realizadas sin las medidas de sujeción recomendadas, inadecuado uso de fármacos, alimentación forzada y cualquier otro tipo de castigo físico.
Psicológico: Causar angustia, pena o estrés a través de actos o palabras: agresiones verbales repetidas (gritos e insultos), intimidaciones o amenazas, acciones denigrantes que hieran o atenten contra la autoestima o la dignidad, aislamiento, privación o infantilización.
Abuso: Se considera genéricamente abuso si se utiliza la fuerza o el poder sobre otra persona.
Abuso Sexual: Cualquier acto sexual sin consentimiento: violación, tocamientos, no respetar el pudor, acoso, la realización de pornografía.
Abuso Económico: Uso ilegal o indebido de propiedades o finanzas pertenecientes a la persona mayor. Negar el derecho al acceso y control de sus fondos personales. Fraudes, robos o hurtos cometidos por una persona de confianza de la persona mayor. Modificación forzada o engañosa del testamento u otros documentos de la persona mayor.
Negligencia: Hace referencia a la falta de atención u omisión a las necesidades básicas de las personas como la salud, alimentación, vestir, higiene personal, vivienda. Puede ser o no intencionada, según la conciencia o conocimiento que tenga el que la ejerce. Puede ser activa o pasiva (por omisión, cuando se deja de hacer o de actuar en un momento en que se debería).
Abandono: Se considera abandono la desaparición de la persona que ejerce como cuidador o responsable de la persona mayor y el hecho de que ésta se quede sin ningún tipo de supervisión y apoyo.
Vulneración de derechos: La vulneración se aplica en el sentido de quebrantar o perjudicar los derechos de las personas: la pérdida del derecho a la intimidad o privacidad o pertenencias. La negación del derecho a decidir sobre aspectos de la vida privada, forzar el ingreso en una residencia. Todas las formas de malos tratos llevan implícita una vulneración de los derechos de las personas mayores.
Obstinación diagnóstica: Realización de pruebas diagnósticas para aumentar el conocimiento sobre una determinada situación clínica de la persona mayor, pero sin que se prevea que vaya a tener una posterior traducción en beneficios reales para la misma.
Obstinación terapéutica: Utilización de medios desproporcionados para prolongar artificialmente la vida biológica de un paciente con enfermedad irreversible o terminal.
Fuente: Guía de buen trato a las personas mayores. Región de Murcia. Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.